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La parroquia responsabiliza al Ayuntamiento del cambio de color en la fachada de la iglesia de Cardeña

La parroquia de Nuestra Señora del Carmen de Cardeña emitió ayer un comunicado en el que informa de los motivos para el cambio de color en los paramentos exteriores de la iglesia, tal como se comentó en Solienses hace unos días. Según la parroquia, la eliminación del color albero actual en la fachada de la iglesia viene obligado "para dar cumplimiento a las normativas municipales vigentes". Desde el Ayuntamiento de Cardeña se notificó a la parroquia el contenido de dicha normativa para su cumplimiento de la siguiente manera: “De conformidad con lo establecido en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cardeña, las condiciones estéticas aplicables dentro del Casco Urbano de Cardeña, Zona I, residencial con equipamiento de uso religioso serán: Predominio de la pintura blanca en los paramentos, reservando el uso de granito gris o pintura de imitación gris para zócalos, dinteles y recercados”.

Los tonos albero están siendo ya sustituidos por los grises [Foto: Facebook de la parroquia]

En consecuencia, desde hace unos días se está procediendo a cambiar el color albero original de cornisas y molduras, que concedían una imagen característica al edificio, por el color gris (imitación de granito) que viene recogido en las Normas Subsidiarias locales. Como ya dijimos hace unos días, la coloración de determinados elementos constructivos en tono albero constituye una característica decorativa de la obra del arquitecto diocesano Carlos Sáenz de Santamaría, autor, entre otras, de las parroquias de Cardeña y Conquista en los años cincuenta del siglo XX.

El color amarillo albero, obtenido a partir del pigmento de una roca caliza, se puso de moda en buena parte de Andalucía sobre todo a partir de la Exposición Iberoamericana de 1929 en Sevilla, aunque se trate de un color tradicional de la arquitectura sevillana al menos desde el barroco. Está presente también en numerosos edificios monumentales de la arquitectura cordobesa de los dos primeros tercios del siglo XX.

Resulta extraño que unas normas subsidiarias obliguen a una alteración tan significativa en el patrimonio monumental, cuando se supone que las ordenanzas deberían velar, precisamente, por el mantenimiento de los elementos originales de una construcción, respetando la concepción artística del autor de la obra y manteniendo su integridad como testimonio de una época que contribuye a conformar también la propia historia de la localidad. Es cierto que incluso la arquitectura histórica ha ido cambiando a través de los siglos de acuerdo a los gustos estéticos de cada momento (hoy, por ejemplo, nos resultaría aberrante ver la Giralda pintada de colores o contemplar la policromía que cubría el marmol de las estatuas clásicas), pero creíamos haber llegado actualmente al compromiso de que el respeto a la concepción original de una obra artística era el principio fundamental que debía regir en la legislación aplicable a cualquier actuación de restauración que se emprenda en un edificio patrimonial. Pero parece que no.

15 comentarios :

Anónimo | jueves, junio 18, 2020 8:50:00 a. m.

Ejemplar el comportamiento de la Iglesia al adecuar su edificio a la normativa urbanística del municipio cuando posiblemente este tipo de actuación no lo hubiera requerido. El editor del blog dice que hay que conservar la concepción inicial de la obra artística. Me parece bien siempre que el bien sea considerado una obra artística ya que me pregunto si este edificio religioso puede tener esa consideración. Para eso tendría que tener algún grado de protección que creo que no lo tiene. Es mas conveniente en este caso particular que el edificio sea acorde al entorno existente o que se quiera crear que mantener su aspecto original que bien poco dice en favor de su posible valor artístico. Por lo tanto, la aptitud de la Iglesia ha sido del todo correcta y exquisita y a nadie hay que responsabilizar de ningún error o mala actuación porque no ha existido. Es fantástico que un ayuntamiento comunista y una Iglesia Católica sintonicen por el bien del interés general.

Anónimo | jueves, junio 18, 2020 10:41:00 a. m.

Con todo mi respeto a los profesionales me parece que han retrocedido al medievo, qué tristeza, qué oscurantismo desprende esa fachada.

Anónimo | jueves, junio 18, 2020 1:54:00 p. m.

Este cambio en la fachada de la Iglesia de Cardeña es "muy retrogrado y todo lo que se quiera", pero la cantidad de ladrillos a la luz con la que han remendado el Castillo de Belalcázar eso sí que es una verdadera preciosidad en el arte de la resturación.

Anónimo | jueves, junio 18, 2020 11:13:00 p. m.

Pues a mi me gusta mas asi como esta ahora que con el amarillo albero, este es el color de los Pedroches.

Anónimo | viernes, junio 19, 2020 8:15:00 a. m.

Cuando hay muchos ojos mirando, es imposible complacer a todos.

Anónimo | viernes, junio 19, 2020 12:21:00 p. m.

Muchas intervenciones en el urbanismo son producto de su tiempo, de momentos en lo que no había una regulación urbanística, como las fachadas alicate hasta el techo de azulejos de baño, no se si en Cardeña las hay pero está claro que sí las hubiera les obligarían s retirarlas. En otros momentos nos entusiasmo el blanco y verde, en el despertar autonomico y en la reivindicación de que somos andaluces. La iglesia de Cardeña no se si tiene algún tipo de protección patrimonial, no creo, por eso se permite el cambio de color, ahora está más integrada, antes era más vistosa y fotogénica. Y la intervención en el castillo de Belalcázar no olvidemos que ha sido una consolidación de la estructura, allí donde había peligro de derrumbe y se ha solucionado con ladrillo en espera de una intervención futura, que claro, todos sabemos que será pronto. jejeje

Chari | viernes, junio 19, 2020 4:12:00 p. m.

Los que nos dedicamos a la difusión y conservación del Patrimonio, nos echamos las manos a la cabeza con tantas y tantas aberraciones que aún hoy día, se siguen produciendo. En esta ocasión, se ha alterado una obra original que su autor concibió así. No tiene granito porque no se utilizó ese material en su construcción, aunque estemos en esta tierra. Que no sea BIC no quiere decir que se pueda hacer lo que cada uno considere oportuno. Hay que documentarse y saber el porqué de las cosas.

Anónimo | viernes, junio 19, 2020 9:59:00 p. m.

Perpleja quedo ante esta situación que ya ha merecido dos entradas del editor del blog. ¡Ni que hubiéramos alicatado la catedral de la sierra!. A fin de cuentas, si no nos gusta como queda, con unas latas de pintura, ale, solucionado; vuelta a su estado inicial. Hombre, que no se ha realizado nada que sea irreversible, que es que parece que queremos buscar polémica donde no la hay. Pensad que las fachadas de los edificios periodicamente hay que repararlas y pintarlas. pues la próxima actuación la sometemos a consulta de los vecinos. SALUD Y REPUBLICA.

Anónimo | sábado, junio 20, 2020 7:21:00 a. m.

Pues que se aplique la normativa que exista para evitar esta actuacion. Ilustranos por favor

Anónimo | sábado, junio 20, 2020 9:37:00 a. m.

No se debe afirmar con rotundidad el supuesto de que "no se ha empleado granito en su construcción", porque para ello habría que descubrir el enfoscado o enlucido que llevan las fachadas dejándolas al descubierto y así comprobar qué elementos o materiales fueron empleados en su edificación.
Otra cuestión sería conocer de la mano de expertos cualificados de organismos oficiales de la Administraciones Públicas si es considerada o no una obra de arte o arquitectónica, independientemente de que sabemos de antemano que no es un BIC (Bien de Interés Cultural). Actualmente nos hemos vuelto más papistas que el Papa y cualquier cosa es una obra de arte o arquitectónica.
Comúnmente solemos decir "con la Iglesia hemos topado", pero en este caso no ha sido así porque la Iglesia (el clero) parece ser que ha estado de acuerdo, pues en caso contrario ya habría procedido ante los órganos administrativos o judiciales y todos o casi todos sabemos cómo se las gasta la Iglesia con las Administraciones Públicas (léase, por ejemplo, el caso de la Mezquita-Catedral de Córdoba).

Anónimo | sábado, junio 20, 2020 12:26:00 p. m.

Cada vez que un propietario o institución (Iglesia Católica, en este caso) piden unas licencias de obras, las mismas han de ajustarse a lo que contemplen las normas subsidiarias (urbanísticas) municipales en vigor, nos gusten o no nos gusten, porque para eso votamos cada 4 años a nuestros representantes municipales, que son quienes aprueban, modifican o derogan esas normas.
Si el edificio eclesial estuviera catalogado como Patrimonio Histórico Artístico, ya se encargarían las normas subsidiarias de hacer referencia a ello o, en caso contrario (lagunas del Derecho), habría que acudir al Derecho Supletorio y la Diócesis ya se hubiera ocupado de hacerlo. Como no es el caso, solo queda el pataleo de unos/as pocos/as.
Vamos, que no es que le hayan denegado nada a la Parroquia, sino que al solicitar la licencia de obras correspondiente le han mostrado cuáles son las actuales normas subsidiarias a las que tienen que ajustarse las obras a realizar, sean las que sean. No es un capricho del funcionario de turno, ni del cura de oficio, ni del vecino de al lado. Ni más ni menos, más claro agua.

Anónimo | domingo, junio 21, 2020 10:37:00 a. m.

Eso es. La norma es la norma, dígalo Agamenon o su porquero.

Anónimo | domingo, junio 21, 2020 1:12:00 p. m.

La norma y su interpretación. Las normas hay que leerlas e interpretarlas. Las subsidiarias no son manuales de Ikea.

Anónimo | domingo, junio 21, 2020 8:09:00 p. m.

Por eso mismo de "la interpretación" y en caso de discrepancias entre la Administración (Local, en este caso) y el administrado (Iglesia Católica), se contemplan en el Derecho español como regla general los recursos administrativos y, agotados estos últimos, los contencioso-administrativos ante los órganos jurisdiccionales correspondientes, que son en definitiva a los que corresponde interpretar y aplicar las leyes o normas.
Como se observa en el caso la Diócesis no ha recurrido, ni en vía administrativa ni en la contencioso-administrativa (judicial), acatando y procediendo a realizar las obras según las Normas Urbanísticas de Cardeña, lo cual quiere decir que debe tener claro el asunto y no admite más debate, por mucho que queramos seguir aquí enzarzados unos/as con otros/as buscándole tres pies a un cuadrúpedo.

Anónimo | martes, junio 23, 2020 9:17:00 a. m.

Este debate es, en ocasiones, apasionante. Sólo lo rompe esa tendencia a pensar que siempre se tiene que opinar contra alguien. El cura ha hecho lo que le ha dicho el ayuntamiento. Y el funcionario de turno del ayuntamiento le ha dicho lo que pone en la norma. A partir de ahí, el debate estaría en si deberíamos repensar cómo actuar ante elementos que podrían tener un especial valor estético, independientemente de su antigüedad. Sin que nuestra opinión vaya contra nadie. Y en este caso, el debate está en si es necesario o conveniente respetar el diseño arquitectónico original de una obra que, por otra parte y teniendo en cuenta la fecha de ejecución, no es necesario "picar" para saber qué materiales la conforman.

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