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Otra vez no

Estamos, sin duda, ante la misma situación de hace un año. Las juntas preparatorias, según los datos provisionales, se han manifestado mayoritariamente en contra de la propuesta de reorganización de Covap y, aunque aún falta el trámite formal de que esta voluntad se traslade a la asamblea general del próximo 11 de noviembre, está claro que nada debería cambiar esa decisión tan claramente expresada. En las juntas de anoche se respiraba mucha más tranquilidad y seguridad que en las de hace un año: los socios estaban ya, no sólo informados, sino convencidos de su postura. Nadie podrá alegar ahora, como se hizo entonces, que han votado negativamente porque no estaban bien enterados de lo que aquí se ventilaba. Todo el mundo sabía lo que estaba en juego y se ha actuado en consecuencia.

Anoche, en las exposiciones de los proponentes había ya como un cansancio repetitivo que les restaba credibilidad. Son, es verdad, muchos meses de contar siempre lo mismo. Es curioso que en los delegados que se postularon a favor del sí en Pozoblanco se volvieron a escuchar los mismos argumentos de hace un año ("esta cooperativa ha llegado a ser tan grande que no cabe en el modelo cooperativo"), como si la propuesta fuera la misma y sin desmenuzar la fórmula. También sorprende que el director del equipo redactor del proyecto, en vez de exponerlo técnica y objetivamente, se limitara a explicar su posición favorable al mismo e, incluso, para dejar clara su independencia con respecto al consejo rector, como si alguien se la exigiera, aclaró que él lo que en realidad hubiera propuesto iba mucho más allá de la timidez actual: "si yo fuera el consejo rector de Covap la propuesta que habría hecho era dejar a Covap con una pequeña cantidad y el resto, no repartirlo entre los cooperativistas, sino venderlo directamente a quien fuera el mejor postor". Esta es, pues, la filosofía del proyecto y los socios que lo han rechazado la han comprendido perfectamente. Y han dicho no.



Entrevista con Tomás Aránguez en Plaza Pública:

P. [Algunas personas se preguntan:] ¿Qué podría ocurrir si una empresa o grupo de empresas lograra adquirir el 51% de las acciones de la nueva sociedad? ¿No quedaría la cooperativa en sus manos y en una situación de grave peligro?

R. Yo le pediría a estas personas que se lean los estatutos de la mercantil y que me digan a ver cómo se puede hacer alguien con el 51%. Una vez que se lo lean lo discutimos.

Artículo 8º. Transmisión de acciones
1. Será libre la transmisión de acciones "mortis causa" y entre accionistas.
2. Cualquier transmisión de acciones por actos "Ínter vivos", gratuitos u onerosos, en supuestos distintos al previsto en el apartado anterior, estará sujeta a un derecho de adquisición preferente a favor de la Sociedad, que se regirá por las siguientes reglas:
a) El accionista que se proponga transmitir su acción o acciones deberá comunicarlo por escrito al Consejo de Administración, haciendo constar el cantidad de acciones que pretende transmitir, su identificación individual por numeración, la identidad y domicilio del adquirente, y el precio y demás condiciones de la transmisión.
b) En el plazo de un mes a contar desde la recepción de la anterior comunicación completa, el Consejo de Administración comunicará al accionista si ejerce o no su derecho de adquisición preferente de las referidas acciones. En caso afirmativo, este derecho deberá ejercitarse sobre la totalidad de las acciones que se pretenden transmitir, salvo que el accionista consienta otra cosa, pues en ningún caso está obligado a transmitir un número de acciones distinto al de las comunicadas inicialmente.
c) El accionista transmitente y la Sociedad dispondrán de un plazo de quince días naturales desde la comunicación del ejercicio del derecho de adquisición preferente por parte de la Sociedad para alcanzar un acuerdo respecto al precio y demás condiciones de la transmisión. A falta de acuerdo, el precio de adquisición de las acciones se ajustará al valor real de las mismas determinado por el auditor de cuentas de la Sociedad que dispondrá para ello del plazo de un mes. La misma regla aplicará, a falta de acuerdo, en caso de donación, permuta, aportación a sociedad, o cualquier otro negocio traslativo de la propiedad de las acciones que no lleve consigo una directa contraprestación en dinero efectivo.
d) Transcurridos los plazos previstos en el presente artículo para la comunicación al accionista del ejercicio del derecho de adquisición preferente por parte de la Sociedad, sin que ésta se hubiese efectuado, el accionista será libre durante tres meses para transmitir sus acciones en la forma que tenga comunicada a la sociedad. [Anteproyecto de Estatutos Sociales de Covap Alimentaria S.A.]

Ya está leído. Cuando quiera, lo discutimos

5 comentarios :

Anónimo | viernes, octubre 26, 2007 5:32:00 p. m.

Ayer un cooperativista justificaba su pasividad con el argumento de que todo estaba perdido, que todo lo tenían atado y bien atado...que tenían toda la maquinaria trabajando a su favor (del Consejo Rector, claro) y parece que ha ocurrido lo contrario. Cuánto conformismo, cuánta resignación la de nuestros paisanos ante los que detentan el poder aunque no tengan la razón...

Anónimo | viernes, octubre 26, 2007 6:23:00 p. m.

Como puede decir Don Tomas que existen limitaciones en la trasnmisión? Es cierto que existe un derecho de adquisición preferente de acciones propias (autocartera), pero la adquisición de acciones propias esta sometida por la legislacion mercantil a determinadas condiciones, entre ellas, que el valor nominal de las acciones adquiridas, sumándose al de las que ya posean la sociedad adquirente y sus filiales y, en su caso, la sociedad dominante y sus filiales, no puede exceder del 10% del capital social, por lo que la sociedad no puede comprar indefinidamente las acciones (art. 75 LSA). Ademas, en el caso en el que la jutan general decida su no adquisicion el socio es libre de venderlas a terceros.

Anónimo | viernes, octubre 26, 2007 8:24:00 p. m.

¿Todavía sigue siendo Aranguez el presidente? ¡Qué aguante!

Anónimo | sábado, octubre 27, 2007 3:00:00 p. m.

Según esto, ¿yo no puedo regalar mis acciones a mis hijos?

Anónimo | martes, octubre 30, 2007 9:03:00 a. m.

Apuesto a que Tomás y su equipo se retiran de esta para dentro de un par de años volver a la carga.
Personalmente me gustaría que recibiesesn la puntilla el día 11 y después se plantearan su continuidad al frente de la cooperativa.

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