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Catálogo de espacios protegidos


La Chimorra es uno de los espacios protegidos.

En el BOJA de 26 de marzo pasado se publicó el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la provincia de Córdoba, documento que incluye las normas de protección de estos espacios naturales (por ejemplo, las normas de regulación de usos y actividades, actuaciones sujetas a licencia urbanística, actividades a las que se le exige estudio de impacto ambiental, medidas para la protección del paisaje, el suelo y la fauna, etc.) y el catálogo de los mismos.

Las normas diferencian tres categorías genéricas de espacios en atención a sus características físico-naturales y a los procesos actuantes sobre ellos:
- Protección Especial Integral.
- Protección Especial Compatible

Tienen la consideración de Protección Especial Integral aquellas zonas que por sus relevantes valores naturales, ecológicos, científicos o culturales exigen, de cara a la preservación de sus recursos, la limitación de los usos y actividades que puedan suponer transformación o merma de los valores que se pretenden proteger. Los tipos de espacios sujetos a esta categoría son:
- Parajes Naturales Excepcionales.
- Zonas Húmedas.
- Yacimientos de interés científico.
En todos los espacios sujetos a la categoría de protección integral queda prohibida de forma general la realización de cualquier actividad constructiva o transformadora del medio, con las excepciones indicadas en cada categoría correspondiente.

En la categoría de Protección Especial Compatible se incluyen aquellas zonas en las que, por su valor ecológico, productivo o paisajístico, interesa limitar la realización de actividades constructivas o transformadoras del medio; a excepción de aquellas estrictamente necesarias para el aprovechamiento de los recursos primarios, y que resulten compatibles con el mantenimiento de sus características y valores protegidos. Los tipos de espacios sujetos a esta categoría son los siguientes:
- Parajes sobresalientes
- Complejos serranos de interés ambiental
- Espacios forestales de interés recreativo
- Paisajes agrarios singulares
- Complejos ribereños de interés ambiental
- Zonas húmedas transformadas

En Los Pedroches han sido catalogados los siguientes espacios:
- Robledales de la Venta del Charco (Cardeña) como Paisaje Natural Excepcional.
- Solana del Cerro Capilla (El Guijo) como Yacimiento de Interés Científico.
- Sierra de Santa Eufemia (Santa Eufemia y El Viso), Sierra del Ducado (Villanueva del Duque y otros términos), Cerro Sordo (Villanueva del Duque y Alcaracejos), La Natera y Tinarejos (Alcaracejos), Piedra de la Atalaya y Río Cuzna (Pozoblanco y Añora), Chimorra (Alcaracejos), Río Yegüas (Cardeña) y Cuenca del Guadalmellato (Villanueva de Córdoba y Pozoblanco) como Complejos Serranos de Interés Ambiental.
- Río Guadalmez (Cardeña, Conquista, Torrecampo, El Guijo, Dos Torres y Santa Eufemia), Zújar-Guadamatilla (El Viso, Belalcázar e Hinojosa del Duque) y curso alto del Guadamatilla (Hinojosa del Duque y Villanueva del Duque) como Complejos Ribereños de Interés Ambiental.

A partir de aquí puede leerse las descripción físico-territorial, la justificación de la protección y la ordenación aplicable a cada espacio.

Seguramente cada cual que lea esto echará en falta algún espacio que merecería una protección que no aparece. Por ejemplo, el encinar como tal, en su conjunto... ¿otra vez olvidado?.

5 comentarios :

Anónimo | jueves, mayo 10, 2007 10:14:00 a. m.

El encinar es la mayor joya ecológica con que cuenta la Comarca de Los Pedroches y no tiene una protección específica. La dehesa, es, además, la base de la economía rural y debería tener un estatus de protección especial.

Anónimo | jueves, mayo 10, 2007 10:58:00 a. m.

El amigo Pedro en su página la opinión de Pedroche comenzó la cruzada para conseguir que su pueblo sea nombrado correctamente, pero parece un mal común de nuestros pueblos, ¿Cómo se van a tomar en serio nuestras demandas y problemas, si no saben como se llaman nuestros pueblos?
Extraído del Catálogo de la Junta de Andalucía:
“Cerro Gordo en … Alcaralejo”
“La Matera y Tinarejos en Alcaraceño”
“Río Yeguas-Cardeña en Cardoña, Montoso”.
Puedo entender que se cambie “Cerro Gordo y La Matera” por “Cerro Sordo y La Natera” pero me parece vergonzoso que “Alcaracejos” sea rebautizado como “Alcaralejo y Alcaraceño”, o el caso de “Cardeña” por “Cardoña”; no sé cuantos errores más habrá en el catálogo por que me niego a seguir leyendo.
Dos documentos como este y la lista de “Palabros” sobre Alcaracejos le gana a la de Pedro sobre Pedroche.
Espero que los que tengan que proteger estas zonas naturales no sean los mismos que han realizado el catálogo.
Un saludo, Miguel L.

Anónimo | jueves, mayo 10, 2007 12:38:00 p. m.

Muy curioso esto de proteger zonas sin hacer demarcaciones concretas.
Concretamente el CS-20 es decir el complejo serrano de la cuenca del Guadalmellato ocupa 43401 Ha, es decir media sierra,entre el Cuzna y el Gualdalbarbo, la segunda zona en protección después del CS-19, el complejo serrano de Sierra Morena central que coge siete municipios (142.68 Ha).
Al menos ya nos dicen desde fuera que nuestra sierra tiene ciertos valores paisajísticos y ambientales.
Ahora habrá que ver cual es la demarcación precisa.

Anónimo | jueves, mayo 10, 2007 2:44:00 p. m.

¿Sabéis que ya han llegado los abejarucos, esos pájaros llenos de colorido, a las riberas de nuestros arroyos? ¿Habéis oído el ronroneo de los abejorros, con el calorcillo, buscando su agujerito en las vigas de encina?.
Lo de las erratas en los nombres propios de nuestra comarca es explicable porque no nos conocen en Sevilla. Allí solamente conocen la costa, del interior, poco o nada.

Anónimo | viernes, mayo 11, 2007 12:53:00 a. m.

En esto de la protección hay gato encerrado, mientras más se protege más cerca está el desastre, el medio ambiente es la última coartada de los especuladores.
Como ejemplo puedo citar que en el apartado 4.3.1 del estudio de impacto ambiental de la circunvalación de Pozoblanco se podía leer textualmente que “ Aunque la alternativa E discurre por cultivos, se ha considerado que el hábitat ocupado es de clase III, debido a la posible existencia del cernícalo primilla, especie protegida en la directiva de aves”.

Consecuentemente se considero la totalidad del terreno ocupado por la Opción E ( la que discurría por el norte del casco urbano ) como Zona Húmeda .

En el anexo nº 9 del mismo estudio (Expropiaciones y Servicios afectados) se consideraban como frutales 336.203, 35 metros cuadrados de la Opción E con un valor de expropiación de 1.321.279,17 €.
Es obvio que en el “ Dorado” , en “Berrocoso” y en “ El Agarrobillo” no hay árboles frutales y que los cernícalos cazan por igual en estos territorios que en la Dehesa Boyal de Pozoblanco.
En un tocho de varios cientos de A3 es fácil equivocarse pero esas fueron algunas de las razones por las que se eligió la opción Sur.
El coste de las medidas correctoras era 882, 63 € de la Opción D ( por la que ya discurre la circunvalación ) para el trasplante de las encinas, actualmente están todas secas y se ha gastado mucho más en los intentos de trasplantar algunas.
La Dehesa Boyal es un bien patrimonial del Ayuntamiento de Pozoblanco y en lugar de protegerla se han cedido más de 16 Ha para la realización de esta obra. El valor de estos terrenos que figura en las actas de ocupación es cero patatero.
Según la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación de Medio Ambiente de Córdoba, todos caminos agrícolas que interceptara la carretera tenían que reponerse y se debería construir un “primillar” con capacidad mínima para 60 nidos por lo que esta claro que está protegido el medio ambiente.
Esto va a ser una novela por capítulos , Continuará….

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