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El Ayuntamiento de Añora prohíbe un acto de homenaje a Marcos Rodríguez Pantoja en la sede de IU

Según IU, "se está realizando un uso fraudulento de las potestades administrativas para ejercer la censura política"


Marcos Rodríguez Pantoja durante el rodaje de la película "Entrelobos". 

La agrupación local de Izquierda Unida de Añora tiene convocado para mañana viernes un acto de homenaje a Marcos Rodríguez Pantoja, el personaje real en el que está basada la historia de la película Entrelobos. Marcos Rodríguez Pantoja nació en Añora en 1946 y representa a toda una generación de posguerra que sufrió unas condiciones de vida miserables. Tras una vida entera de infortunios, falleció en una aldea de Orense hace pocos días. La agrupación local de Izquierda Unidad pretende con este acto, que incluye la proyección de la película dirigida por Gerardo Olivares, recordar la figura de este noriego que pasó parte de su vida viviendo entre lobos y que ha logrado que el nombre de Añora aparezca en medios de comunicación de todo el mundo. El acto va dirigido a los afiliados y simpatizantes de la agrupación.

Esta mañana, sin embargo, el Ayuntamiento de Añora, gobernado por el PP, ha emitido una resolución en la que se acuerda "prohibir la celebración por Izquierda Unida de la actividad de proyección de la película Entrelobos" en la sede del partido político. El escrito alega que la sede oficial de Izquierda Unida, ubicada en calle Concepción 24, "carece de título que le habilite para la celebración de la actividad anunciada". 

La resolución, firmada por el primer teniente de alcalde por delegación de funciones de la alcaldía, argumenta que "el edificio de la formación política dispone de licencia de ocupación para su uso como vivienda" pero "no dispone de licencia de apertura de establecimiento de pública concurrencia de ningún tipo", por lo que, según el alcalde, "no es legalmente posible la celebración de la actividad consistente en proyecciones de cine". El escrito de la alcaldía advierte de que el incumplimiento de la presente prohibición dará lugar a la apertura de expediente sancionador por falta muy grave tipificada en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.

Según fuentes de Izquierda Unida, se está estudiando la interposición de un recurso contra dicha resolución alegando que por parte de la alcaldía "se está realizando un uso fraudulento de las potestades administrativas para ejercer la censura política". Al mismo tiempo, se valorará la suspensión o el mantenimiento de la actividad programada, considerando que se trata de un acto particular propio de una agrupación política amparado por la libertad de expresión y el derecho de reunión.

38 comentarios :

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 5:26:00 p. m.

Esta es la libertad de la que presume el PP y la ultraderecha. Prohibir y castigar a quien no piensa como ellos. Mi mas absoluto desprecio para estos vecinos mios que firman y apoyan desde el ayuntamiento la censura. Una lastima que persigan y amenacen a algunos de sus paisanos. De verdad que era necesario prohibir la proyección de la película?

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 5:33:00 p. m.

El Ayuntamiento de Añora en su línea dictatorial de censura. Luego se rasgarán las vestiduras presumiendo de demócratas. Aunque hay solución, si realmente el motivo es el que alude el Ayuntamiento, bien podrían ofrecer un local debidamente habilitado para la celebración del homenaje

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 6:19:00 p. m.

A los actos en el ámbito laboral, político, religioso, sindical o docente no se le aplica la ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.. Visionar una película en una casa con amigos, vecinos o familiares, no se considera una actividad de publica concurrencia. Es como si a Vd., le prohíben celebrar en su casa o garaje la comunión o bautizo de un hijo porque se van a reunir numerosas personas y van a comer y beber. Es un claro atropello a derechos fundamentales de los ciudadanos esta prohibición. Posiblemente, el firmante de esta resolución está rayando la prevaricación. Que triste comenzar así las fiestas patronales. ¿De verdad que era necesario?

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 6:22:00 p. m.

Estos del PP son como el perro del hortelano ni comen ni dejan comer. En todo igual. Prohibir, votar a todo NO . Vaya democracia con ellos .

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 6:49:00 p. m.

Se piden los permisos pertinentes y en los locales municipales - que son de todos- se reúne el personal, se proyecta la película, se da una copita y cada uno a su casa. Ganas de enredar y dar morcilla... El que merece un expediente es el alcalde.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 6:56:00 p. m.

¿Qué mal hace un homenaje a un paisano fallecido? ¿Qué necesidad había de esa prohibición? ¿En qué mejoran la vida de los noriegos prohibiendo que una sede de un partido político haga actividades? Pareciera que no se busca ninguna de esas cosas, sino sencillamente silenciar a nadie que desde cualquier lugar que no sea el ayuntamiento tenga cualquier iniciativa.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 7:03:00 p. m.

La ley es la ley. La aplicacion de la ley en muchos casos se trata de la poca vergüenza que tiene quien la aplica. Después para saltársela no son tan tiquismiquis

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 7:05:00 p. m.

¿Como es posible que desde el Ayuntamiento de Añora digan ahora que "no dispone de licencia de apertura de establecimiento de pública concurrencia de ningún tipo" cuando llevan todo el verano proyectando películas y nadie ha dicho nada. ¿Es por la película?
¿Por reunión de personas?
No entiendo

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 7:12:00 p. m.

Añora esta cada vez mas muerta, caminas por la calle Concepción y no ves un alma. Desde que cerró nuestro amigo Polainas, una tristeza. Ahora que estos de IU quieren hacer algo a ver si le dan algo de vida, viene este alcalde, teniente alcalde o lo que sea, a joderlos. Yo no se lo que van a hacer, pero yo mañana voy a ir a ver la película o a charlar con mis amigos, o a lo que haya.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 8:14:00 p. m.

De vergüenza, el Ayuntamiento en su línea.
Y más vergüenza aún de que el pueblo natal de esta persona Marcos Rodríguez (conocida su historia vital en toda España) sobretodo gracias a una película "Entre lobos" NO le rinda un homenaje institucional, más allá del pésame publicado en redes sociales.
Sí es que esa proyección la debería de haber realizado el propio Ayuntamiento en la Casa de la Cultura.
Homenajes sólo para lo que se quiere.
En fin,buena feria a tod@s (feria que no es ni el reflejo de lo que era). Vacía,pero vacía.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 8:36:00 p. m.

Esto es lo que nos espera si gobiernan estos personajes.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 8:46:00 p. m.

Pues proyectarla en la calle que es de todos.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 8:56:00 p. m.

Ni con Franco. Esto no pasaba ni con Franco. La ultraderecha instalada en nuestro ayuntamiento,

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 9:14:00 p. m.

A estos del PP se les está contagiando la dictadura que inspira tener amigotes en el Tribunal Supremo y en el Consejo General del Poder Judicial. No olvidemos que el PP y anteriormente AP fue creado por 5 ministros de Franco, son sus herederos.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 9:38:00 p. m.

Participan en la película dos Noruegos: Agustín, recientemente fallecido y su hijo. Para mí es uno de los mayores alicientes, ver a mí apreciado amigo Agustín y a su hijo.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 9:53:00 p. m.

Una sede política privada o local de un partido político (en este caso IU Añora) puede organizar y celebrar homenajes o actos internos dentro de sus propias dependencias con total independencia del ayuntamiento, siempre que no se vulneren leyes penales o de orden público.
Hay un Derecho de reunión: Las entidades legalmente constituidas, como los partidos políticos, tienen reconocida la libertad para realizar reuniones y actos cerrados en sus propios locales privados para sus propios fines.Independencia municipal: Al tratarse de un espacio privado o alquilado por el partido, la administración local (el ayuntamiento) no tiene competencias para prohibir ni autorizar las actividades que se desarrollan en el interior de dicho inmueble, siempre que no impliquen ocupación de la vía pública ni infrinjan normativas de aforo o seguridad ciudadana.
Si es qué, donde no hay, no hay...
Ya hay tema para hablar en la feria, para que no se hable de lo penosa que está (últimos años vacía pero vacía).

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 11:09:00 p. m.

No te preocupes amigo, que este año llenan. Van a traer vaquillas como en Dos Torres y el Viso...

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 11:15:00 p. m.

Donde esta la libertar que dice el PP y es con Vox una dictadura, que para colmo quieren gobernar cada casa para decir que se puede hacer y que no. Seguro que si se Juntan para rezar un Rosario en una casa particular es publica concurrencia o no lo tiene que autorizar el Ayuntamiento o yo en mi casa con mis amigos quiero ver una pelicula también tengo que pedir permiso
Asi empezó Hirler y mira como acabo Europa y esto es el manual que esta utilizando el PP-VOX empiezan a hablar de libertar y terminar asesinando a todo el que no comulgue con sus ideas

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 11:43:00 p. m.

No se puede esperar mucho de un señor que se dedicaba a señalar a los que denunciaban la contaminación del pantano de La Colada, a sabiendas de que la situación era y es una realidad palpable y demostrable. Pero Bartolomé y sus políticas medievales siguen legitimadas por su electorado. Tenemos lo que nos merecemos. Ánimo para esa Asamblea Local de IU.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 11:44:00 p. m.

La prohibición dictada por el Ayuntamiento de Añora carece de encaje legal y supone una extralimitación administrativa en el uso de sus competencias:

​Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía (LEPAR): No es aplicable a este caso. Esta norma regula establecimientos comerciales de pública concurrencia masiva, no los actos internos, asociativos o de militancia en la sede privada de un partido político.
​Constitución Española (Artículos 20 y 21 CE): La proyección de una película en el marco de un acto de un partido político está amparada por la libertad de expresión (Art. 20 CE) y el derecho de reunión en locales privados (Art. 21 CE), derechos fundamentales que no requieren previa autorización ni licencia administrativa comercial.
​Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (LPACAP): La resolución municipal es susceptible de nulidad de pleno derecho (Art. 47.1.a) por lesionar libertades fundamentales. Además, usar la normativa urbanística o de licencias para impedir un acto de la oposición política constituye desviación de poder (uso de potestades públicas para fines ajenos a los previstos por la ley).
​Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA): Frente a este acuerdo cabe recurso mediante el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona (Art. 114 LJCA), pudiéndose solicitar medidas cautelarísimas de suspensión inmediata del veto municipal.

Anónimo | jueves, agosto 20, 2026 11:46:00 p. m.

Vía Contencioso-Administrativa (contra el Ayuntamiento)
​Anulación inmediata del veto: Nulidad de pleno derecho (Art. 47.1.a Ley 39/2015) por vulnerar los Arts. 20 (libertad de expresión) y 21 (derecho de reunión) de la Constitución. Un juez puede suspender el veto en 24-48 horas mediante cautelarísimas (Art. 135 LJCA).
​Inaplicabilidad de la LEPAR: La Ley 13/1999 de Andalucía es para locales comerciales de ocio masivo, no para actos privados e internos en la sede de un partido.
​Costas e indemnización: Asunción de gastos judiciales y posible responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios.
​Vía Penal (contra la autoridad o concejal firmante)
​Prevaricación administrativa (Art. 404 del Código Penal): Inhabilitación de 9 a 15 años para cargo público por dictar una resolución a sabiendas de su injusticia o ilegalidad.
​Delito contra los derechos individuales (Art. 542 del Código Penal): Inhabilitación de 1 a 4 años por conculcar de forma deliberada el ejercicio de un derecho constitucional.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 7:53:00 a. m.

El ayuntamiento de Añora amenaza a IU de Añora con imponerle una sanción de entre 30.050,61 euros a 601.012,10 euros. si proyecta la película de Entre Lobos en su casa. Está claro que lo que quiere el PP del ayuntamiento es destruir a IU de Añora. Pues bueno, IU de Añora la forman una serie de vecinos que viven en su pueblo como estos concejales del PP, son vecinos, tienen familiares y amigos comunes, acuden y coinciden en actos sociales, religiosos, culturales, etc., y les han amenazado con imponerles una sanción descomunal. ¿de donde viene este odio?. Estos días veremos a concejales del PP y a su alcalde detrás de nuestra patrona, ¿para lavar su conciencia?. No, no existe suficiente agua bendita para limpiar este odio.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 7:55:00 a. m.

Flaco favor al PP de uno del PP: tiro en el propio pie. El Comité Provincial debería de actuar para evitar estos excesos... Hay que desautorizar, públicamente, estos excesos.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 8:57:00 a. m.

Si las voces discordantes con la ideología imperante en este blog son sistemáticamente censuradas por el editor, ¿dónde está la dictadura aquí?, ¿quién contesta a esta caterva rabiosa que llega a sacar a relucir incluso a Hitler en su éxtasis incontrolable, iracundo e irracional?

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 9:06:00 a. m.

Es un descaro. Una cacicada que demuestra a lo que nos llevan: después de un verano proyectando películas en su sede, prohíben esta. Quieren esconder las condiciones de vida de la gente humilde en la posguerra, hambre y situaciones como la que muestra la vida de este hombre (que no fue la única) y que en este caso, se trata de una persona nacida en Añora. Una vergüenza absoluta la actuación del PP en el Ayuntamiento. Ahora, en lugar de quejas, denunciarlo a la Justicia.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 9:54:00 a. m.

Por qué el Ayuntamiento no pone a disposición de IU un salón apto para la proyección?

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 10:11:00 a. m.

La resolución dice: la presente prohibición dará lugar a la apertura de expediente sancionador
“La celebración de un espectáculo o ejercicio de una actividad recreativa quebrantando la suspensión o prohibición previamente decretada por la autoridad competente”. fija las siguientes sanciones por faltas muy graves: multa de 30.050,61 euros a 601.012,10 euros. significándole que el
anterior acuerdo pone fin a la vía administrativa.
Yo, si fuera IU de Añora, me tomaría muy en serio esta prohibición y no proyectaría la película. Invitaría a amigos y simpatizantes a un acto de protesta en la casa donde se ha prohibido la película.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 10:20:00 a. m.

Habrá quien se pregunte por qué los Pedroches están anclados en el tiempo…. Pues gracias a personas como estas que si no hubiese sido por un golpe de suerte, estarían todavía sirviendo copas en un pueblo pequeño.
Esto no tiene nombre, Se pueden decir muchísimas cosas, ninguna buena es simplemente un motivo de tristeza. Es un pueblo que funciona perfectamente sin su Alcalde las olimpiadas no tiene nada que ver con ella y las cruces y el Ayuntamiento funciona muy bien con los trabajadores que tiene el alcalde es más bien un estorbo y eso lo saben todos estos que he citado. Lo que no entiendo es como el secretario del Ayuntamiento ha permitido este delirio.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 12:40:00 p. m.

El secretario y los concejales del PP hacen prácticamente todo aquello que les ordena el alcalde (es bien sabido en el pueblo). Los concejales del PSOE está desaparecidos y parece ser que el único que contradice y se opone con argumentos al alcalde es el concejal de IU. Pues por eso viene esta prohibición y amenaza. ¡¡¡¡¡¡Bravo por toda esta gente de IU!!!!!!

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 1:00:00 p. m.

Creo que una denuncia colectiva al Ayuntamiento y a su alcalde estaría muy bien por prevaricación. Tengo claro que cualquier juez tacharía de ridícula y absurda, la decisión del Ayuntamiento. Yo pongo dinero

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 1:11:00 p. m.

Está muy claro, porque el Secretario no es tan conocedor ni tan erudito del Derecho Positivo Español como ha demostrado ser usted, ni es tampoco un jurista de amplio y reconocido prestigio como ha acreditado con su excelso comentario ser usted.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 2:46:00 p. m.

En fin la película para mí gusto malilla, pero iré al coloquio.
El q pueda hacer q haga, es lo q hay...

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 3:28:00 p. m.

🤣🤣🤣🤣🤣 me meo!

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 5:16:00 p. m.

Es increíble, parece que estemos en los años 30/40. La cabra tira al monte y Dios nos libre de estos aprendices (?) a dictadores.

Anónimo | viernes, agosto 21, 2026 8:04:00 p. m.

Os recuerdo que el alcalde no ha prohibido nada. Ha sido su teniente de alcalde.

Anónimo | sábado, agosto 22, 2026 8:00:00 a. m.

En ningún lugar hay decisión alguna que salga del teniente alcalde sin pasar previamente por el filtro del Alcalde. En Añora, además, la firma el teniente alcalde porque el alcalde se encuentra sentado en su escaño del Congreso de los Diputados, cosa que su propio partido tiene como incompatible. Nada más.

Anónimo | lunes, agosto 24, 2026 3:45:00 p. m.

Les dará vergüenza que ese dictador que blanquean nos llevará a que niños sufrieran este calvario y haber nacido en Añora. Inconcebible que esto pueda pasar y que haya gente que los vote.

Anónimo | miércoles, agosto 26, 2026 7:23:00 p. m.

Ésto también ocurría antes del dictador - genocida ,auspiciado por los mismos que lo auparon.

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